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Visas y Residencia en Portugal

    Portugal ofrece un conjunto de condiciones fiscales y jurídicas especialmente favorables y atractivas para el establecimiento de extranjeros en el territorio nacional.

    Corral International cuenta con un equipo de abogados con amplios conocimientos en materia de inmigración, derecho fiscal, derecho inmobiliario y societario, lo que nos permite ofrecer una asistencia jurídica y un seguimiento sistemático y personalizado de cada cliente.

    Corral International presta asistencia jurídica en todos los pasos administrativos del proceso de solicitud de visado, así como en la organización, revisión y presentación de las solicitudes de permiso de residencia ante el Servicio de Extranjería y Fronteras (SEF) y garantiza el acompañamiento presencial de los clientes ante esta entidad.

    A continuación una lista de servicios ofrecidos en materia de inmigración y legalización de ciudadanos extranjeros en Portugal:

    • Consultoría de planificación de la migración;
    • Visado de estudios (visado D4);
    • Visado de trabajo (visado D1);
    • Visado de trabajo para trabajadores altamente cualificados (visado D3)
    • Visado para buscar trabajo/empleo en Portugal;
    • Visado de empresario o de inversión (visado D2);
    • Visado para titulares de ingresos propios y para jubilados y pensionistas (visado D7);
    • Visado para nómadas digitales;
    • Visado de puesta en marcha;
    • Visa Oro;
    • Proceso de obtención de permisos de residencia temporal y permanente;
    • Reunificación familiar;
    • Expresión de interés y acompañamiento a la entrevista en el SEF – Servicio de Extranjeros y Fronteras
    • Solicitud de NIF (Número de Identificación Fiscal)
    • Solicitud de NISS (Número de Identificación de la Seguridad Social)
    • Abrir una cuenta bancaria;
    • Abrir una actividad con el Departamento de Impuestos;
    • Celebración de contratos de arrendamiento;
    • Adquisición/compra y venta de bienes inmuebles;
    • Estatuto de igualdad para los ciudadanos brasileños que residen legalmente en Portugal;
    • Transcripción del matrimonio al ordenamiento jurídico portugués;
    • Revisión y confirmación de sentencias extranjeras en materia de pensión alimenticia, divorcio, unión de hecho, adopción, etc.

     VISA D7 – Visa para titulares de rendimientos /rentas propias o pensionistas

    El visado D7 se considera a menudo como el visado para los pensionistas, pero NO es así. Este visado puede ser solicitado por cualquier persona que tenga ingresos propios estables y regulares, como por ejemplo, ingresos inmobiliarios (procedentes de un contrato de alquiler de inmuebles); beneficios, dividendos y cánones de una empresa; ingresos procedentes de inversiones financieras; ingresos procedentes de bienes muebles. Lo que ocurre a veces es que si la persona tiene entre 30 y 40 años, las autoridades competentes pueden exigir el visado D2 en lugar del D7.. 

    ¿Qué tipos de ingresos se pueden probar?

    Los ingresos pueden ser de distinta naturaleza, como por ejemplo Ingresos de bienes raíces, ganancias, dividendos, regalías, ingresos de una empresa, entre otros, que demuestran que tendrá un ingreso de al menos 760 euros mensuales.

    ¿Cuáles son los principales requerimientos?

    • El procedimiento para obtener el visado D7 consta de dos pasos: el primero en la Embajada/Consulado de Portugal y el otro en el SEF (“Serviço de Estrangeiros e Fronteiras”), en Portugal.
    • Con el cambio de ley que se produjo en 2021, la legislación portuguesa vigente exige ahora la apertura de una cuenta bancaria en Portugal con ingresos anuales equivalentes a 12 salarios mínimos nacionales. En caso de solicitud individual: el documento justificativo debe ser de 9.120,00 euros. Con el cónyuge: se añadirá a la cuenta el 50% del salario mínimo (380,00 euros). En el caso de menores a cargo: 30% (228,00 euros) por cada menor de 18 años.
    • Por lo tanto, es necesario abrir una cuenta bancaria en un banco en Portugal, y el primer paso en el proceso de apertura de una cuenta bancaria es obtener el número de contribuyente portugués (“NIF”).
    • Demostrar unos ingresos mensuales de al menos 760,00 euros.
    • En cuanto a la prueba de alojamiento en Portugal, ésta puede presentarse de tres maneras:
      • Carta de invitación o plazo de responsabilidad: la información que tenemos es que, en la práctica, este método no es aceptado;
      • Contrato de alquiler. El período mínimo requerido del contrato de arrendamiento es de 1 (un) año;
      • Escritura pública o prueba de adquisición de la propiedad.

    La visa D7 permite el reagrupamiento familiar.

    Este permiso de residencia tiene una validez de 1 año, renovable por períodos sucesivos de 2 años.
    Tras 5 años de residencia legal en Portugal, se puede solicitar la Residencia Permanente, con una validez de 5 años. Y después del 6º año, se puede solicitar la nacionalidad portuguesa.

    VISA D2 – Visa de empresario o de inversión

    Este visado tiene por objeto conceder un permiso de residencia a los extranjeros que hayan realizado operaciones de inversión o que demuestren disponer de medios financieros en Portugal -incluida la financiación obtenida en una institución financiera portuguesa- y que tengan la intención de realizar una operación de inversión en territorio portugués.

    El visado puede concederse o denegarse teniendo en cuenta la relevancia económica y social de la inversión realizada o propuesta. De este modo, el hecho de que una empresa se haya constituido en Portugal, no es en sí mismo una garantía de que se conceda el visado.

    ¿Cuáles son los requisitos?

    • La modalidad está prevista para los inmigrantes emprendedores, y el interesado debe realizar una actividad de inversión en Portugal, que incluye la creación de pequeñas y medianas empresas con relevancia económica social, científica y tecnológica o cultural para el país.
    • Viabilidad de la empresa mediante un plan de negocio estructurado.
    • Demostrar su valor económico, social, científico, tecnológico o cultural para el país.
    • Capital social: no hay un capital mínimo exigido ni fijo. Se valorará siempre que la empresa tenga un capital social acorde con la actividad social/empresarial que va a desarrollar. Sin embargo, según la información de que disponemos, el capital mínimo aceptado para la concesión de un visado es de unos 3.000,00 – 5.000,00 euros.
    • Antecedentes del promotor o promotores/empresarios, que deben ser compatibles con la operación de inversión que se pretende promover.
    • El establecimiento de una empresa en Portugal antes del proceso de solicitud de visado no es obligatorio.
    • Demostración de la capacidad financiera del empresario o empresarios.
    • Elaboración de un plan de negocio.
    •  La ley no exige la creación de un número mínimo de puestos de trabajo para conceder este tipo de visado.

    En Portugal, las empresas pueden ser constituidas legalmente por socios extranjeros no residentes en el país, es decir, no es necesario que ninguno de los socios sea ciudadano portugués o resida en Portugal.

    Visa Start-Up

    Mientras que el visado D2 es un visado dirigido a personas que quieren emprender negocios y realizar una inversión en Portugal, el visado Start-Up se centra en personas que quieren emprender negocios en Portugal con características innovadoras y tecnológicas. En este caso, es necesario presentar su proyecto al IAPMEI (Instituto de Apoio às Pequenas e Médias Empresas), que analizará y certificará las solicitudes. Si se aprueba, el proyecto irá acompañado de una entidad certificada, que guiará el desarrollo de la Start-Up en Portugal.

    VISA D3 – Visa de trabajo destinados especialmente a profesionales altamente cualificados 

    El visado D3 está indicado para personas que vienen a trabajar a Portugal desempeñando funciones cualificadas como especialistas, directores, administradores.

    Es un visado de trabajo diseñado especialmente para profesionales altamente cualificados, pero atención: la persona debe tener ya un contrato de trabajo o una promesa de contrato de trabajo con una empresa portuguesa para realizar una actividad altamente cualificada.

    Este visado es válido para todos aquellos que quieran trabajar en Portugal de forma subordinada – con un contrato de trabajo.

    ¿Cuáles son los requisitos?

    • Este visado solo permite permanecer en Portugal a la persona que viene a buscar trabajo. 
    • El visado se concede por un periodo de 120 días, prorrogable por otros 60 días.
    • Es necesario acreditar medios de subsistencia por un importe de 3 (tres) meses del salario mínimo nacional vigente en Portugal, que actualmente es de 760,00 euros, lo que sumará la cantidad de 2.280,00 euros.
    • Este visado no puede extenderse a los demás miembros de la familia y no da derecho a un visado para sus familiares. No hay posibilidad de reagrupación familiar durante este periodo. Sin embargo, en cuanto esté en posesión del documento de permiso de residencia, en ese momento podrá solicitar un visado para su familia por reagrupación familiar.
    • Si la persona no consigue un trabajo, tendrá que volver a su país de origen o de residencia legal al final del periodo máximo de este visado, que es de 180 días – 120 días más 60 días de prórroga.
    • Este visado no se aplica a los empresarios ni a los autónomos. Esto significa que no tiene sentido solicitar este visado y tratar de regularizar la estancia en Portugal mediante la creación de una empresa o la apertura de una actividad en el fisco (recibos verdes).

    Visa D1 – Visa de Trabajo

    Sólo puede solicitar este visado (entiéndase que solicitar no es lo mismo que tener la solicitud de concesión de un visado aceptada) la persona que además de otros requisitos, tenga un contrato de trabajo o una promesa oficial de trabajo hecha por una empresa portuguesa, con una duración superior a 1 (un) año (no son válidas las promesas verbales o por correo electrónico).

    A diferencia del visado D3, este visado no exige que el ciudadano inmigrante sea un profesional altamente cualificado, siendo suficiente con demostrar que tiene las habilidades o cualificaciones para el puesto. Sin embargo, muchas profesiones tienen su propia normativa, por lo que la persona tendrá que demostrar que está capacitada para ejercer la función/trabajo.

    ¿Cuáles son los requisitos?

    • La oferta de trabajo a cubrir debe haber sido anunciada previamente. 
    • La persona no puede haber entrado ilegalmente en Portugal antes o haber sido un inmigrante ilegal en Europa antes.
    • Para que una empresa contrate a un ciudadano extranjero tiene que justificar la contratación, por lo que sólo las zonas con falta de mano de obra local tienden a contratar a personas de otros países.
    • Es necesario acreditar medios de subsistencia y alojamiento en Portugal y presentar la Declaración expedida por el Instituto de Empleo y Formación Profesional.
    • Este visado permite traer a la familia a Portugal en el marco de la reagrupación familiar y cuenta como tiempo de residencia legal a efectos de solicitar la nacionalidad portuguesa.

    Los puestos de trabajo a cubrir por ciudadanos extranjeros residentes fuera de Portugal y de la Unión Europea: 

    • No deben haber sido ocupados por ciudadanos portugueses; 
    • No deben haber sido ocupados por trabajadores nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, del espacio Schengen y/o de un tercer Estado con el que la Comunidad Europea haya firmado un acuerdo sobre la libre circulación de personas; 
    • No deben haber sido cubiertas por trabajadores nacionales de terceros Estados que residan legalmente en Portugal; 
    • No han sido ocupados por trabajadores nacionales de terceros países que residen ilegalmente en Portugal pero que están en proceso de regularización / legalización en Portugal.

    Visa para solicitantes de empleo

    Este visado es válido para todos aquellos que quieran trabajar en Portugal de forma subordinada – con un contrato de trabajo.-

    ¿Cuáles son los requisitos?

    • Este visado es válido para todos aquellos que quieran trabajar en Portugal de forma subordinada – contrato de trabajo.
    • El visado se concede por un periodo de 120 días, prorrogable por otros 60 días.
    • Es necesario demostrar medios de subsistencia por valor de 3 (tres) meses del salario mínimo nacional vigente en Portugal, que actualmente es de 760,00 euros, lo que hace un total de 2.280,00 euros.
    • El visado para nuevos solicitantes de empleo no puede extenderse a los demás miembros de la familia y no da derecho a un visado para los familiares del solicitante. No hay posibilidad de reagrupación familiar durante este periodo.
    • Si no se encuentra un empleo, la persona debe regresar a su país de origen o a su país de residencia legal al final del periodo máximo de este visado, que es de 180 días – 120 días más 60 días de prórroga.
    • Este visado no se aplica a los empresarios ni a los autónomos. Esto significa que no tiene sentido solicitar este visado y tratar de regularizar su estancia en Portugal mediante la creación de una empresa o la apertura de una actividad en el Departamento de Hacienda (Recibos Verdes).

    VISA D4 – Visado para estudios universitarios

    Este tipo de visa se otorga a los estudiantes que estén matriculados cuyo curso tenga una duración superior a un año. 

    ¿Cuáles son los requisitos?

    • Para obtener un visado de residencia por motivos de estudio es necesario que la persona haya sido aprobada y esté matriculada en una institución cuyo curso tenga una duración superior a 1 (un) año. La inscripción es indispensable para la concesión del visado.
    • Es necesario demostrar los medios de subsistencia y el alojamiento en Portugal.

    ¿Se puede trabajar con una visa de estudiante?

    • El visado de estudiante te permite trabajar, siempre que cumplas con los requisitos previstos en la legislación al respecto. Sólo es posible para los estudiantes de educación superior y el horario de trabajo debe ser compatible con el horario universitario.
    • Los estudiantes que tienen una beca y reciben ayudas del Gobierno no pueden trabajar en Portugal y pueden sufrir la pérdida de la beca y del visado de estudiante.
    • Los estudiantes que deseen trabajar en Portugal deben notificarlo al SEF y deben enviar una Declaración de la Universidad a la que asisten junto con el Contrato de Trabajo.

    Visado para nómadas digitales

    El visado para nómadas digitales, denominado oficialmente “visado de residencia para el ejercicio de la actividad profesional a distancia fuera del territorio nacional”, ya ha sido aprobado.

    La ley portuguesa de visados para nómadas digitales entró en vigor el 30 de octubre de 2022 y permite a quienes quieran trabajar a distancia desde Portugal permanecer en el país durante 1 (un) año.

    Este visado está destinado específicamente a los profesionales extranjeros que prestan sus servicios a distancia, es decir, la persona trabaja para su empresa situada en el extranjero, pero vive/reside en Portugal.

    Según la “Nomad List”, Portugal tiene cinco ciudades clasificadas entre las 20 mejores del mundo para trabajar a distancia: Lisboa (1er puesto), Madeira (5º puesto), Oporto (11º puesto), Portimão (15º puesto) y Lagos (16º puesto).

    ¿Cuáles son los principales requisitos?

    • Ejercer una actividad profesional de forma subordinada o independiente, prestada a distancia, a una persona física o colectiva con residencia o sede social fuera del territorio portugués.
    • El solicitante del visado debe presentar los documentos que acrediten su residencia fiscal y la prueba de que sus ingresos medios mensuales en los últimos tres meses han sido superiores a cuatro salarios mínimos portugueses, es decir, unos ingresos de unos 3.040,00 euros (brutos). El salario mensual de los nómadas digitales debe ser al menos cuatro veces el salario mínimo nacional portugués (que actualmente es de 760 euros), es decir, 3.040 euros al mes.
    • Prueba de empleo o de servicios prestados:
      • En el caso de un trabajador autónomo, es decir, para los profesionales con actividad independiente, la ley exige uno de los siguientes documentos: un contrato de empresa, un contrato de prestación de servicios, una propuesta de contrato de prestación de servicios o un documento que demuestre los servicios prestados a una o varias entidades.
      • En el caso de un trabajador por cuenta ajena, el Solicitante de Visado deberá presentar como prueba uno de los siguientes documentos: contrato de trabajo, promesa de contrato de trabajo o declaración del empresario que acredite la relación laboral.
    • Otros requisitos generales establecidos en la legislación.
    • El visado para nómadas digitales permite la reagrupación familiar siempre que se cumplan los requisitos para la reagrupación familiar en Portugal. La reagrupación puede solicitarse en Portugal (cuando los familiares acompañantes entran en el país como turistas) o en Ecuador.

    Recuerde que todas las visas descritas anteriormente solo le permiten vivir y/o trabajar en Portugal y NO en otros países de la Unión Europea, sin embargo, usted podrá moverse libremente. Únicamente, la obtención de la nacionalidad portuguesa, le permite vivir y trabajar en cualquier país de la Unión Europea.

    Riesgos de venir a Portugal SIN visado

    • Estando en Portugal, el proceso de legalización lleva más de 2 (dos) años hasta su conclusión.
    • Durante este periodo, la persona no puede salir de Portugal por ningún motivo.
    • Las oportunidades de empleo se reducen para aquellos que no tienen residencia legal en el país, dejándolos vulnerables a los trabajos informales y a la explotación laboral.
    • Puede ser objeto de fuertes multas.
    • El periodo en el que estés en situación irregular no contará dentro del periodo de 5 años para solicitar 

    Recuerde que este tipo de visas solo le permiten vivir y/o trabajar en Portugal y NO en otros países de la Unión Europea, sin embargo, usted podrá moverse libremente. Únicamente, la obtención de la nacionalidad portuguesa, le permite vivir y trabajar en cualquier país de la Unión Europea.

    NIF y representación fiscal

    El número de identificación fiscal (NIF), o número de contribuyente, tiene nueve dígitos, se expide de por vida y se otorga en Portugal a cualquier persona que desee ejercer cualquier actividad oficial en Portugal.

    La obtención de este número es el primer paso que debe dar cualquier persona que pretenda invertir en bienes inmuebles o muebles en Portugal, abrir una cuenta bancaria, residir en Portugal, llevar a cabo un negocio en Portugal, conseguir un empleo y trabajar en Portugal, matricularse en una universidad o establecer cualquier forma de presencia oficial en Portugal.

    Para quienes no residen en la Unión Europea (UE) se requiere un representante fiscal para tratar los asuntos con las autoridades fiscales portuguesas. Toda persona física no residente en la UE que posea un inmueble, sea titular de una cuenta bancaria o ejerza cualquier otra actividad comercial o interés en Portugal debe, por ley, designar un Representante Fiscal que esté registrado ante las autoridades fiscales portuguesas.

    De acuerdo con la Lei Geral Tributária (Ley General Tributaria), las personas físicas que residan fuera de Portugal, así como las que, aun siendo residentes en Portugal, se ausenten por un periodo superior a 6 (seis) meses, deben designar un representante con residencia fiscal en el territorio nacional a efectos fiscales.

    El Representante Fiscal es un interlocutor que actúa como puente entre el representado y la Administración Tributaria portuguesa.

    Un mero Representante Fiscal (es decir, sin poderes para gestionar bienes y derechos) es legalmente responsable de:

    • Recibir las tasas e impuestos de los representados;
    • Asegurarse de que su representado conoce estas obligaciones, los plazos y las infracciones administrativas fiscales en las que puede incurrir como consecuencia de su incumplimiento;
    • Cumplir con las obligaciones de información;
    • Asegurarse de que el pago se realiza dentro del plazo establecido.

    El incumplimiento de las obligaciones accesorias puede generar multas para el Representante Fiscal.

    El Representante Fiscal No Residente deberá, siempre que se le solicite, informar a la Administración Tributaria sobre quién es el Gestor de Bienes y Derechos del Representado, bajo pena de ser sancionado.

    El Representante Fiscal, que no es un gestor empresarial, es responsable del cumplimiento de varias obligaciones accesorias (obligaciones de información) del contribuyente, pero no es responsable del pago de los impuestos que gravan al Representado.

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